Pluriactividad: ¿Qué es y cómo funciona? - Azlo

Pluriactividad: ¿Qué es y cómo funciona?

¿Qué es la pluriactividad?

por | May 30, 2022 | Trabajo

¿Se puede trabajar por cuenta propia y por cuenta ajena a la vez? Pues sí, es lo que se conoce como pluriactividad. De hecho, es algo habitual entre los emprendedores que comienzan a materializar su proyecto sin abandonar su empleo por temor a que la idea no despegue. ¿Pero cómo funciona y cómo se regula?

¿Qué es la pluriactividad?

La pluriactividad es una situación laboral del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades conllevan su alta obligatoria en dos o más regímenes distintos del sistema de la Seguridad Social. El caso más habitual es el de los trabajadores autónomos que cotizan en el RETA y, a la vez, como trabajadores por cuenta ajena.

Esto ocurre cuando un autónomo trabaja a tiempo parcial para una empresa y a tiempo parcial para su propio proyecto. Es un modelo por el que optan muchos emprendedores primerizos cuyo negocio está dando los primeros pasos o aún no da frutos suficientes como para dejar su trabajo.

Por lo tanto, es compatible ser asalariado y autónomo al mismo tiempo. Sin embargo, es necesario que el trabajador se dé de alta en todos los regímenes correspondientes con las actividades laborales que realiza.

¿Cómo cotiza el autónomo pluriempleado?

El trabajador autónomo en régimen de pluriactividad tiene que pagar todas las cotizaciones que le correspondan. Es decir, el porcentaje debido de su nómina como trabajador por cuenta ajena y la cuota de autónomos.

Las cantidades se pagan íntegramente, independientemente de las horas que se dediquen a cada actividad. No obstante, los nuevos autónomos pueden beneficiarse de ciertas bonificaciones en la cuota si están pluriempleados durante los primeros tres años de actividad. El problema es que estas bonificaciones son incompatibles con la tarifa plana.

En cualquier caso, si la suma de las cotizaciones como autónomo y como asalariado supera la cuantía de cotización máxima fijada anualmente por el Gobierno, la Seguridad Social devolverá al trabajador el 50% de la cantidad excedida. La buena noticia es que esta devolución se realiza de oficio sin que el autónomo tenga que solicitarla.

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