¿Me pueden despedir por trabajar como autónomo durante una baja laboral? - Azlo

¿Me pueden despedir por trabajar como autónomo durante una baja laboral?

¿Puedo trabajar como autónomo durante una baja laboral?

por | May 26, 2022 | Trabajo

Sobre las bajas médicas han corrido ríos de tinta, porque ya sabemos que vivimos en un país donde impera la picaresca. No obstante, la gente enferma, es inevitable. ¿Pero qué ocurre en el caso de que el empleado de una empresa siga dispuesto a trabajar como autónomo durante una baja laboral?

Vamos a ponernos en situación. Imagina que trabajas en régimen de pluriactividad y, por lo que sea, tienes que pedir la baja médica en tu empresa. Sin embargo, mientras te recuperas de tu enfermedad, sigues trabajando como autónomo durante la baja laboral. ¿Pero qué ocurre si la empresa se entera? ¿Podrían despedirte?

¿Es motivo de despido trabajar como autónomo durante una baja laboral?

Trabajar como autónomo durante una baja laboral no es motivo de despido si la actividad no entorpece la recuperación del trabajador pluriempleado. Al menos, así lo entiende la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha según lo dispuesto en la sentencia 224/2022 del pasado 4 de febrero. Así, el juzgado desestimaba el recurso de una empresa que quería despedir a una de sus logopedas por realizar consultas privadas durante su enfermedad.

Para llegar a esa conclusión, hay que tener en cuenta tres factores fundamentales. En primer lugar, hablamos de una situación de pluriactividad. Esto es, una persona que trabaja al mismo tiempo como asalariada en una empresa y como autónoma.

Además, la baja por incapacidad temporal en el régimen de trabajadores por cuenta ajena no conlleva automáticamente la baja en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA). Es decir, que darse de baja como trabajador asalariado por una enfermedad no implica la baja en el RETA, que se tendría que tramitar aparte.

Por otro lado, hay que valorar si existe incompatibilidad. Según recuerda el TSJ en su sentencia, la pluriactividad es compatible con una baja laboral siempre que no interfiera en el proceso de curación normal del trabajador. Esto significa que si la actividad que se realiza en el ámbito de autónomo no alarga ni agrava la enfermedad, podría desarrollarse legalmente sin problemas. La clave está en que el trabajo no suponga una interferencia en el proceso curativo que ha motivado la baja médica en la empresa.

via GIPHY

Últimos posts

Transforma tu vida con la calculadora de planeación anual de gastos

Transforma tu vida con la calculadora de planeación anual de gastos

Maximiza tus Finanzas: Descarga la Calculadora Gratuita que Transformará tu Vida ¿Te encuentras en busca de un préstamo rápido para cubrir esos gastos inesperados de último minuto? En Azlo no sólo te ofrecemos préstamos rápidos y, sobre todo, seguros. Porque nos...

Calculadora gratuita para devolver tu préstamo rápido

Calculadora gratuita para devolver tu préstamo rápido

Devuelve tu préstamo rápido y mejora tu salud financiera En la búsqueda de soluciones financieras rápidas, es esencial no solo obtener el préstamo que necesitas, sino también administrar tus recursos de manera inteligente para garantizar un reembolso sin...

Vishing: cómo protegerte ante una estafa bancaria

Vishing: cómo protegerte ante una estafa bancaria

Esta estafa se lleva a cabo a través de llamadas telefónicas engañosas que pueden parecer muy convincentes. Queremos asegurarnos de que sepas cómo protegerte ante una estafa bancaria en el mundo financiero actual, donde las estafas de suplantación de identidad,...

Cuidado si pides un préstamo rápido nuevo

Cuidado si pides un préstamo rápido nuevo

Estos son los 3 riesgos más importantes al pedir un préstamo rápido con una nueva empresa. A veces, puede ser tentador explorar nuevas opciones cuando necesitas un préstamo debido a grandes ofertas o promesas de tasas de interés más bajas. Sin embargo, ten cuidado si...

Calcula tu préstamo online

50€300€
123
Total a devolver:
¿Cuándo quieres pagar?
Importe solicitado
Intereses (37%)*
Comisiones (0%)
Fecha de devolucion
Total a devolver
* Por ejemplo, un préstamo de 100€ a devolver en 1 cuota a 30 días genera unos intereses de 37€ y una comisión de 0€. La cantidad total a devolver es de 137€. El tipo deudor anualizado que se aplica al capital es (37% / 30 días) x 365 días= 450,166%, siendo el TAE = (1+450.166%/12)^12 -1 = 4472.55%.
** El importe a devolver puede variar según la fecha de pago seleccionada.